Contexto y Evolución Normativa
España ha sido pionera en la regulación de la huella de carbono. En 2014, el Real Decreto 163/2014 creó el Registro voluntario de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de CO₂, una herramienta que permitió a las organizaciones calcular y comunicar sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de forma voluntaria. Este registro se convirtió en un referente europeo, impulsando la transparencia y la acción climática en el tejido empresarial.
Posteriormente, la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética introdujo la obligación de avanzar hacia un marco normativo más exigente, anticipando que el cálculo y la publicación de la huella de carbono serían requisitos para determinados actores económicos y administrativos. Esta ley también sentó las bases para la integración de la sostenibilidad en la estrategia corporativa y en la contratación pública.
El Real Decreto 214/2025 materializa esa previsión y establece un sistema obligatorio para:
- Grandes empresas (más de 250 empleados y ciertos umbrales económicos).
- Administraciones públicas (ministerios, organismos autónomos y entidades gestoras).
- Eventos con más de 1.500 asistentes.
Entre sus principales novedades destacan:
- Obligación de calcular y publicar la huella de carbono (alcances 1 y 2, con incorporación progresiva del alcance 3 desde 2028).
- Diseño de un plan de reducción con objetivos cuantificables y horizonte mínimo de cinco años, alineado con el Acuerdo de París.
- Registro estatal y verificación en determinados casos, reforzando la trazabilidad y la transparencia.
- Reconocimiento de metodologías internacionales (GHG Protocol, ISO 14064-1) y la Guía MITERD como referencia técnica.
- Interoperabilidad entre registros autonómicos y estatal, evitando duplicidades y facilitando la transmisión de datos entre comunidades autónomas y la Administración General del Estado.
Además, el Real Decreto se complementa con la Directiva CSRD, que refuerza el reporting corporativo obligatorio en materia de sostenibilidad, y con normativas autonómicas que ya venían imponiendo requisitos específicos (Cataluña, Baleares, Navarra, Comunidad Valenciana, País Vasco). Este marco normativo busca armonizar criterios y garantizar que la información sobre emisiones sea comparable, verificable y accesible.
¿Quién está obligado y qué debe hacer?
- Grandes empresas: más de 250 empleados y umbrales económicos (activo >20 M€ o negocio >40 M€).
- Obligatorio: calcular y publicar la huella (alcances 1 y 2; alcance 3 progresivo desde 2028), elaborar un plan de reducción con horizonte mínimo de 5 años.
- Registro: opcional, salvo que se busque el sello oficial o se exija en licitaciones.
- Administraciones públicas: ministerios, organismos autónomos y entidades gestoras de la Seguridad Social.
- Obligatorio: cálculo, publicación y registro.
- Eventos: actos, ferias y congresos con más de 1.500 asistentes.
- Obligatorio: cálculo y verificación.
- PYMES: incorporación voluntaria, pero estratégica para anticipar exigencias de clientes, bancos y normativa futura. La Recomendación (UE) 2025/1710 ofrece una norma voluntaria para reportar sostenibilidad de forma clara y reconocida.
Beneficios y Retos del cálculo de huella de carbono
Ventajas competitivas:
- Acceso a financiación sostenible.
- Mejor puntuación en licitaciones públicas.
- Reconocimiento oficial y reputación ante stakeholders.
Retos principales:
- Recopilación de datos fiables.
- Integración del alcance 3 (emisiones indirectas de la cadena de valor).
- Elaboración de planes alineados con la estrategia corporativa.
Metodologías aceptadas
El RD 214/2025 permite flexibilidad metodológica, siempre que se garantice trazabilidad y transparencia:
- GHG Protocol: estándar internacional, práctico y flexible (alcance 3 opcional).
- ISO 14064-1: más formal, orientado a sistemas de gestión, exige cubrir todas las categorías.
- Guía MITERD: enfoque técnico y práctico, define contenido mínimo del informe y requisitos para inscripción en el registro.
Elección estratégica: depende del objetivo (cumplimiento normativo, reporting corporativo, licitaciones o mejora interna) y del grado de madurez de la organización.
Proceso de cálculo de la huella de carbono
El cálculo de la huella de carbono no es solo una operación matemática, sino un proceso estructurado que garantiza trazabilidad y coherencia. Se compone de cuatro etapas clave:
- Definir límites
- Organizacionales: Determinar qué entidades, centros o filiales se incluyen en el cálculo. Por ejemplo, ¿solo la sede en España o todo el grupo empresarial?
- Operacionales: Decidir qué actividades se consideran (producción, transporte, oficinas, eventos).
- Periodo de reporte: Normalmente anual, pero debe especificarse claramente.
- Año base: Es el punto de referencia para medir reducciones futuras. Se recomienda elegir el primer año completo con datos fiables y mantenerlo salvo cambios significativos (fusiones, ampliación de alcance).
- Recopilar datos
- Identificación de fuentes:
- Directas (alcance 1): Combustión en calderas, vehículos propios, emisiones de procesos, fugas de refrigerantes.
- Indirectas (alcance 2): Electricidad adquirida, vapor, calor, carga de vehículos eléctricos.
- Cadena de valor (alcance 3): Viajes de negocio, commuting, transporte de mercancías, compras, gestión de residuos.
- Evidencias: Facturas, registros de consumo, informes internos.
- Factores de emisión: Preferencia por los publicados por MITERD para garantizar consistencia normativa. Si no existen, usar fuentes reconocidas (IPCC, bases sectoriales).
- Análisis de incertidumbre: Aunque MITERD no lo exige, GHG Protocol e ISO 14064 recomiendan estimar el margen de error para dar confianza al resultado.
- Calcular y analizar
- Aplicar la metodología elegida (GHG, ISO, Guía MITERD).
- Documentar cualquier estimación (por ejemplo, si no hay dato exacto de consumo y se usa un promedio).
- Presentar resultados desglosados por alcance y fuente, indicando totales en tCO₂e.
- Opcional: establecer indicadores (intensidad por unidad de producción, por empleado) para seguimiento.
- Planificar mejoras
- Definir un plan de reducción con objetivos claros y medibles.
- Asignar responsables internos y establecer mecanismos de seguimiento anual.
- Integrar el plan en la estrategia corporativa y comunicarlo de forma transparente.
Plan de reducción: requisitos y ejemplos
El Real Decreto exige que el plan cumpla con criterios mínimos:
- Objetivos cuantificados: Ejemplo: “Reducir un 5% de la huella total respecto al año base en cinco años”.
- Medidas concretas: Sustitución de calderas por sistemas eléctricos, contratación de energía renovable, optimización de rutas logísticas.
- Horizonte temporal: Al menos cinco años, con visión a largo plazo (2050) alineada con el Acuerdo de París (1,5 °C).
- Publicación accesible: En la web corporativa o en informes de sostenibilidad.
- Seguimiento anual: Informar avances y, si no se cumplen objetivos, justificar causas y replantear acciones. La transparencia es clave para credibilidad.
Verificación y registro
- Verificación: no siempre obligatoria, pero aporta credibilidad y ventaja competitiva. Es exigida para alcance 3 y grandes eventos.
- Registro: obligatorio para administraciones; voluntario para empresas privadas (aunque recomendable para acceder a sellos y ayudas).
- Entidades acreditadas: ISO 14064/65, ETS, ISO 50001/EMAS, ISAE 3000/3410, DOE
Nuestra solución: Carbon Footprint Monitor
En Applus+ Certification disponemos de una solución digital para el cálculo de huella de carbono que incluimos en el servicio de verificación de huella para nuestros clientes. Permite:
- Cálculo rápido y trazable de alcances 1 y 2.
- Inclusión progresiva del alcance 3.
- Informes compatibles con MITERD, GHG e ISO.
- Monitorización de proveedores para fortalecer la cadena de valor.
- Resultados en tiempo real, comparaciones interanuales y preinformes editables.
Perspectivas y próximos pasos
El RD 214/2025 no es solo una obligación legal: es una oportunidad para posicionarse como líder en sostenibilidad. Las organizaciones que actúen ahora estarán mejor preparadas para:
Those who act now will be better prepared to:
- Cumplir normativas futuras.
- Ganar competitividad en mercados y licitaciones.
- Acceder a financiación verde y mejorar su reputación.
Recomendación: iniciar cuanto antes el cálculo, integrar el alcance 3 progresivamente, formar equipos internos y apoyarse en herramientas digitales y asesoramiento especializado.
Recursos